Existen en la Iglesia asociaciones distintas a los institutos de vida consagrada y a las sociedades de vida apostólica, en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto con laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado, a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad y la animación con espíritu cristiano del orden temporal. (C298 §1)

El Código de Derecho Canónico en el canon 303 define La Orden terciaria u órdenes terceras como «Asociaciones cuyos miembros, viviendo en el mundo participan del espíritu de un instituto religioso, se dedican al apostolado y buscan la perfección cristiana bajo la dirección de ese Instituto»; para fortalecer su propia vida espiritual y cumplir de manera más eficaz su propia misión en la Iglesia y en el mundo. Son seglares, la asociación de laicos vinculada a órdenes y congregaciones católicas. La admisión debe ser conforme a los estatutos de cada asociación, y los miembros de la Tercera Orden pueden gozar de los derechos, privilegios, gracias espirituales e indulgencias concedidas por las legítimas autoridades eclesiásticas.

La historia narra que a partir de 1212, Francisco de Asís ideó un tipo de estado intermedio entre el claustro y el mundo para aquellos que estuvieran impedidos, por matrimonio u otros compromisos, y tuvieran el deseo de vivir un vida espiritual más profunda. El año 1221 el Papa Honorio III aprobó “Memoriale Propositi”, que se ha considerado como la “primera regla” que la Iglesia entregó a los Franciscanos Seglares, y que recogía las orientaciones que San Francisco había dado a las fraternidades de Penitentes que rápidamente iban creciendo. La aprobación oficial de esta forma de vida por el Papa no llegaría hasta el año 1289; cuando el papa Nicolás IV aprobó una Regla para “todos los hermanos y hermanas de la penitencia”, que representaba la aprobación oficial de la Orden Tercera Franciscana Seglar. La Regla de 1289, dejaba casi los mismos contenidos del Memoriale Propositi, aunque ordenándolos y estableciendo que los franciscanos seglares quedaban bajo el cuidado espiritual de los frailes de la Primera Orden. Con esa misma idea y con la aprobación pontificia, se sumaron más tarde los dominicos, los agustinos, los servitas, los carmelitas, trinitarios y premostratenses.

Actualmente son muchos los Institutos de Vida Consagrada que tienen asociaciones de la Tercera Orden en Puerto Rico; quienes enriquecen la Iglesia con sus dones y carismas, e invitan a todos a compartir una nueva forma de vida.

(Obispado de Mayagüez)

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