El pasado viernes 24 de junio, en la Fiesta del Sagrado Corazón y de San Juan Bautista, la Corte Suprema de los Estados Unidos tomó una decisión en reversa a lo que 49 años antes dio paso a permitir el aborto legalmente en los 50 estados del país norteamericano y cada uno de sus territorios, incluyendo Puerto Rico. ¿Qué es la Ley Roe vs. Wade y en qué ha cambiado? ¿Cómo aplica Puerto Rico y qué se puede o no hacer al respecto?
¿Por qué Road vs. Wade?
En 1969, una mujer de 25 años llamada Norma McCorvey, bajo el seudónimo de “Jane Roe”, enfrentó las leyes y restricciones que tenía el estado de Texas contra el aborto. Por otro lado, estaba Henry Wade, fiscal del distrito de Dallas del mismo estado, quien defendía la ley contra la terminación del embarazo por no estar incluido en la Constitución de los Estados Unidos. Por esta razón, el caso pasó a llamarse “Roe vs Wade”. McCorvey estaba embarazada de su tercer hijo y presentó un caso en los tribunales afirmando haber sido violada, pero su petición fue negada y obligada a dar a luz a la criatura.
Luego, en 1973 acudió a la Corte Suprema para apelar el caso, siendo atendido junto al de una joven de 20 años, llamada Sandra Bensing. Ambas alegaron que las leyes de aborto iban en contra de la Constitución que protege el derecho a la privacidad de las mujeres. Luego de una votación, los jueces de la Corte Suprema determinaron que las mujeres tenían el “derecho” de culminar su embarazo y que esto estaba protegido por la Constitución.
¿Aborto ilegal?
Desde entonces, otras leyes y derechos cambiaron al punto de permitir en el ámbito federal el aborto en su totalidad, pero cualquiera de los estados podía poner regulaciones siempre y cuando fueran en el último trimestre del embarazo, cuando ya el bebé pudiera vivir fuera del útero. Además, Roe vs. Wade determinó que incluso aún en el último trimestre una mujer puede someterse a un aborto a pesar de cualquier prohibición legal si los médicos certifican que es necesario para salvar su vida o su salud.
Sin embargo, con la revocación de este supuesto derecho todo cambia drástica y repentinamente. Esta decisión de la Corte Suprema, respaldada por la mayoría de los jueces, abre camino para que el aborto pueda ser ilegal total o parcialmente en los estados o territorios estadounidenses que así lo decidan.
Missouri y Texas ya se expresaron contra el aborto, prohibiéndolo inmediatamente con lo que se conoce como “leyes desencadenantes”, es decir, que entran en vigor inmediatamente. Otros estados que ya han puesto restricciones o que se espera que pronto lo hagan son: Oklahoma, Luisiana, Tennessee, Utah, Alabama, Arizona, Florida, entre otros. Se espera que una gran parte de los estados restrinjan y eliminen el “derecho” para culminar con la vida prenatal.
¿Qué pasará en Puerto Rico?
En la Isla se ha desencadenado un debate entre los ciudadanos y también en espacios políticos sobre si se debe prohibir el aborto totalmente o a partir de cierto periodo. En un principio, el Proyecto del Senado Núm. 693 buscaba restringir el aborto a partir de las 22 semanas de gestación. Esta medida fue aprobada con un total de cuatro vistas públicas en las que finalmente para ser aprobada contó con la mayoría de los votos en el Senado con 16 a favor, 9 en contra, una abstención y una ausencia. Previamente esta medida fue analizada en la Comisión de Vida y Familia del Senado con ponencias de portavoces de ambos sectores provida y proaborto, además de testimonios de mujeres que han abortado, sobrevivientes de abortos, entre otros. Seguido de esto, en el mes de agosto se estará viendo en la Cámara de Representantes este Proyecto que hasta el momento se desconoce si tendrá o no los votos para ser aprobado.
Por su parte, a pesar de la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Roe vs. Wade, el Departamento de Justicia de Puerto Rico afirmó que el aborto sigue siendo legal en la Isla hasta que no se tome otra decisión final y firme sobre el asunto. El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi expresó que “es importante que se provea la mayor apertura para escuchar a todos los sectores, a favor y en contra, de las disposiciones de esta pieza legislativa. Espero que el proceso de discusión se dé en un marco de respeto y como gobernador analizaré con mucha sensibilidad lo que se apruebe en la Asamblea Legislativa”.
Por último, lo más reciente con respecto al tema fue una Resolución Concurrente de la Cámara Núm. 56 presentada el pasado 29 de junio que propone “añadir una Sección 20 al Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado, a fin de otorgarle el pueblo de Puerto Rico el derecho a reconocer la vida del concebido y de igual manera afirmar el derecho a la vida de la madre, lo cual deberá ser garantizado, defendido y reivindicado en leyes que deberán prohibir el aborto a menos que no se pueda proveer de otro modo la salvación de las dos vidas…” Otra de las propuestas plantea “reconocer los derechos sexuales y reproductivos de todo ser humano, afirmando que el aborto será en Puerto Rico legal, libre e irrestricto siguiendo los estándares médicos aceptables”. Por eso, lo que propone el Proyecto de la Cámara 1410 es convocar un referéndum especial para que el pueblo escoja cuales de las dos visiones debe prevalecer.
En la siguiente edición se presentarán las expresiones de la Santa Sede y la Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos (en inglés: United States Conference of Catholic Bishops).
Jorge L. Rodríguez Guzmán
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