San Lucas, en su Evangelio, nos relata cómo un doctor de la ley, le pide a Jesús que le indique cómo llegar a la vida eterna. La contestación de Jesús fue muy simple: “¿Qué está escrito en la Ley?”. El doctor de la Ley respondió de inmediato: “Amarás al Señor, tu Dios, con todo tu corazón, con toda tu alma, con todas tus fuerzas y con todo tu ser, y a tu prójimo como a ti mismo” (Lc 10, 27). Estos dos mandamientos, que se encuentran en Deut 6, 5 y Lev 16, 19, resumen toda la ley y se interrelacionan. Nos dice el apóstol San Juan (1 Juan 4, 20): “Si alguno dice: Yo amo a Dios, y aborrece a su hermano, es un mentiroso; porque el que no ama a su hermano, a quien ha visto, no puede amar a Dios a quien no ha visto. Este es el mandamiento que hemos recibido de Él: el que ama a Dios, debe amar también a su hermano”. Para cumplir este mandato tenemos que preguntarnos: ¿quién es nuestro prójimo?

La Doctrina Social de la Iglesia expone que:“No es posible amar al prójimo como a sí mismo y perseverar en esta actitud, sin la firme y constante determinación de esforzarse por lograr el bien de todos y de cada uno, porque todos somos verdaderamente responsables de todos” (Compendio Doctrina Social, 43). Estamos llamados al diálogo, promoviendo el bien común, con todos aquellos que no piensan como nosotros, que no creen como nosotros y que no viven como nosotros. La Iglesia nos invita a “reconocer en todos, cercanos o lejanos, conocidos o desconocidos y sobre todo en el pobre y en el que sufre, un hermano por quien murió Cristo” (CDSI 105). Todos son nuestros prójimos.

Hacernos responsables unos de otros tienen unas grandes consecuencias, porque al igual que podemos fallar y pecar a nivel personal, también pecamos y fallamos a nivel social. El pecado social es un concepto elaborado en la Doctrina Social de la Iglesia y se refiere a que el pecado de cada uno repercute en cierta manera en los demás (CDSI 117). La Doctrina Social define como pecados sociales aquellos que lesionan la justicia en las relaciones entre las personas y entre las personas y la comunidad. También constituyen pecados sociales atentar contra los derechos humanos o no cumplir con nuestros deberes sociales, atentar contra el bien común y la libertad de los demás, especialmente la libertad de creer en Dios. El pecado social constituye una ofensa a Dios, porque Su designio es que en el mundo se viva la justicia, la libertad y la paz entre los pueblos, los grupos y las personas (CDSI 118).

La interdependencia de las comunidades humanas requiere de vínculos de solidaridad. La solidaridad no es solo una expresión de carácter temporal ante las necesidades de los demás, sino que debe constituirse en un principio social que ordene todas las instituciones. La solidaridad como principio social consiste en la determinación firme y perseverante de lograr el bien común.

Mediante la solidaridad, las estructuras sociales que permiten el pecado social, se transforman en estructuras que reconozcan la deuda de cada uno de los hombres para con la sociedad.

El mandamiento de amar al prójimo va más allá de las relaciones entre individuos. El prójimo a quién tenemos que amar vive dentro de una sociedad, por eso amarlo realmente, socorrer su necesidad o su indigencia, implica transformar las estructuras sociales que le impiden su desarrollo. La Doctrina Social de la Iglesia nos exhorta a amar al prójimo en el plano social, es decir: “Servirse de las mediaciones sociales para mejorar su vida o bien eliminar los factores sociales que causan su indigencia”(CDSI 208). Amar al prójimo requiere que participemos social y políticamente con el fin de lograr que, todas y cada una de las personas y que todos y cada uno de los pueblos, puedan tener acceso a los bienes materiales y espirituales que favorezcan su desarrollo, reconociendo nuestra igualdad ante Dios.

■ (Puede enviar sus comentarios a nuestro correo electrónico: casa.doctrinasocial@gmail.com)

Nélida Hernández
Consejo de Acción Social Arquidiocesano
Para El Visitante

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