A la hora de disponer de los restos de un ser querido, la cremación se ha convertido en una alternativa viable, bien sea por motivos económicos, límites de espacio o por libre selección. Sin embargo, a pesar de su conveniencia, es meritorio conocer el manejo adecuado de las cenizas según estipula la Iglesia.

Fue en la Instrucción Piam et constantem del 5 de julio de 1963, cuando se estableció que “la Iglesia aconseja vivamente la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos”. No obstante, se agregó que no se les negarán los sacramentos y los funerales a quienes soliciten ser cremados, ya sea por razones de tipo higiénicas, económicas o sociales. Salvo que el servicio haya sido solicitado por razones contrarias a la doctrina cristiana, sea por negación de los dogmas cristianos o por odio contra la religión católica y la Iglesia.

A tono con esta Instrucción en 2016, la Congregación para la Doctrina de la Fe emitió la Instrucción Ad resurgendum cum Christo, documento que orienta sobre la dignidad del manejo de las cenizas en el caso de la cremación. El mismo guía a los fieles para que conozcan los criterios elementales y básicos para tratar, en este caso, los restos de los seres queridos difuntos y para cada individuo, que antes de morir, debería dejar explícitas sus últimas voluntades sobre tratamientos médicos y, en este caso, la sepultura.

Aunque en el Código de Derecho Canónico #1176 la Iglesia recomienda como primera opción la sepultara de los cuerpos, al entender que con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos. Por ello, aconseja que se pueda llevar a cabo el velatorio con ataúd, las exequias católicas y luego la cremación. De no poderse de esa manera, se llevará a cabo la misa exequial posterior a la cremación. Esto con las indicaciones litúrgicas y pastorales correspondientes.

Sobre conservar una porción del incinerado sea en joyas o en algún rincón del hogar, o ante la petición de esparcir las cenizas por aire, mar o tierra, la Instrucción subraya, en el punto 5, que “las cenizas del difunto, deberán mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”. Por el contrario, según lo estipulado en el ritual de exequias católicas, se especifica que la urna es el recipiente más adecuado para contener las cenizas.

De otro lado, para cumplir con la petición del Consejo de la Doctrina de la Fe en 2016 relacionado con el pedido de que las cenizas fueran sepultadas y no esparcidas ni divididas; Servicios Funerarios Católicos (SFC) cuenta con varios proyectos, siendo ellos: las parroquias Santa Bernardita y San Luis Gonzaga ambas en Río Piedras, Nuestra Señora de Belén en Guaynabo, San Jorge en Santurce, la Catedral San Juan Bautista en Viejo San Juan, San Luis Rey en San Juan, el Santuario Santo Cristo de los Milagros en Carolina, la Funeraria y Centro de Cremación La Resurrección en Mayagüez y el Santuario Santo Cristo de la Reconciliación en Dorado.

SFC tiene presencia en la Arquidiócesis de San Juan y las Diócesis de Mayagüez y Fajardo-Humacao. Los interesados en adquirir los servicios o información pueden comunicarse libre de costo al 1-800-572-1024 las 24 horas, los siete días de la semana.■

Nilmarie Goyco Suárez
Twitter: @NilmarieGoycoEV
n.goyco@elvisitantepr.com

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