La corrupción, según el diccionario de la Real Academia Española, es, en las organizaciones públicas y privadas, la práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores. Esos gestores, sean empleados y/o contratistas, pueden servir al bien común o a ellos únicamente.

En el Evangelio de San Lucas 16, 1-13 se nos relata cómo Jesús contrasta la actitud de un administrador corrupto, con la que tienen “los hijos de la luz”, en este contraste nos señala la importancia de buscar el bien de otros, en el manejo de los bienes. La corrupción encierra la negación del amor cristiano, se toma de otros lo que les corresponde, para nuestro propio bien. Más nos valdría, nos enseña Jesús en este evangelio, devolver a otros los bienes mal habidos. En este Evangelio Jesús nos dice que no se puede servir a Dios y al dinero porque ningún servidor puede servir a dos señores, pues aborrecerá a uno y amará al otro. O servimos al dinero y al poder, motivación primaria en los actos de corrupción, u obramos con caridad y justicia.

Cuando el amor por el dinero sustituye al amor a Dios y al prójimo, se convierte en pecado. Ese hábito malo de la corrupción debe combatirse con la práctica de un hábito opuesto, por ejemplo, si queremos evitar el favoritismo, tenemos que honrar la dignidad de toda persona. La dignidad es el principio fundamental de la Doctrina Social de la Iglesia, y según nos dice el Consejo Pontificio “Justicia y Paz” en nota titulada

La Lucha contra la corrupción, la doctrina social de la Iglesia empeña todos sus principios orientadores fundamentales en el frente de la lucha contra la corrupción, por eso propone guías para el comportamiento personal y colectivo. Estas guías o principios son la dignidad de la persona humana, el bien común, la solidaridad, la subsidiaridad, la participación y el destino universal de los bienes. La corrupción contrasta radicalmente con todos estos principios, ya que instrumentaliza a la persona humana utilizándola para conseguir intereses egoístas. Impide la consecución del bien común porque se le opone con criterios individualistas, de cinismo egoísta y de ilícitos intereses. Contradice la solidaridad, porque produce injusticia y pobreza, y la subsidiaridad porque no respeta los diversos roles sociales e institucionales, sino que más bien los corrompe.

La práctica de los principios de la Doctrina Social de la Iglesia opera como una reacción en cadena. Respetar las ideas, derechos y deberes de los otros, lleva a buscar el bien común de todos. Como el bien común en acción es la solidaridad, se busca el desarrollo integral propio y el de los demás, pero sin intervenir en lo que otros deben, quieren y pueden hacer. Así se garantiza la participación y protagonismo de cada uno, ayudando con prioridad a los más necesitados, al compartir el uso de nuestros conocimientos, capacidades y bienes privados. Servir a Dios tiene un efecto multiplicador, servir al dinero tiene un efecto empobrecedor.

El modelo Ver, Juzgar y Actuar se usa para aplicar la Doctrina Social de la Iglesia ante cualquier situación para que nos guíe a evitar la corrupción y promover el bien común.

Primero: Ver la situación y describir los hechos en detalle. Si es un problema, hay que definir lo que se supone que esté ocurriendo, lo que ocurre y estar seguro de que no se sabe la razón de la diferencia.

Segundo: Juzgar la situación aplicándole a los hechos las enseñanzas de Jesús, contenidas en la Biblia, Tradición, Magisterio, encíclicas, y otros documentos de la Iglesia.

Tercero: Actuar conforme al juicio anterior.

Por ejemplo, en una situación de necesidad de proveer nuevo adiestramiento a empleados, hay que VER los hechos para corroborar que la necesidad sea genuina. Luego, JUZGAR la situación con las enseñanzas de Jesús que aplican al caso: dignidad, bien común, solidaridad y el séptimo (no robar) y décimo (no codiciar) mandamientos. Del juicio se decide que la organización demuestra respeto hacia sus clientes teniendo empleados bien adiestrados y que en el gasto de dinero y recurso contratado se sigan las normas éticas y de prevención de conflicto de intereses. Finalmente, ACTUAR con un plan de contratación que demuestre los pasos para garantizar el mejor recurso disponible sujeto al presupuesto asignado y los controles éticos utilizados.

La Doctrina Social provee principios éticos que responden a la moral cristiana, pero que sirven a todos los hombres y sociedades. Por eso es una base educativa que debe ser requerida para todo aspirante a puesto electivo, servidor público o licitador del gobierno, estatal y municipal. Se recomienda que las universidades que ofrecen grados en gerencia y administración comercial exijan un curso sobre la Doctrina Social de la Iglesia como requisito de graduación.

Ricardo Santamaría
Consejo de Acción Social Arquidiocesano (CASA)

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here