La dignidad de la persona humana no solo es el eje de la Doctrina Social de la Iglesia, sino que además ha servido de modelo para la sociedad civil. Muchas constituciones han reconocido el principio de la dignidad humana estableciendo ciertos derechos fundamentales a las personas, con sus implicaciones en el campo legal. Los abusos de poder, la falta de respeto a la vida y el sometimiento a condiciones de vida indignas, evidenciadas por las atrocidades cometidas en la Segunda Guerra Mundial llevó a que, a nivel internacional, se forjara una Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948.
La dignidad humana es el derecho que tiene cada ser humano de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus condiciones y características particulares, por el solo hecho de ser persona. Surge de haber sido creados por Dios a su imagen y semejanza. Es muy difícil validar la grandeza de la persona, si creemos que hemos surgido, como especie, de hechos fortuitos o que somos el resultado de una combinación de procesos fisiológicos. La dignidad se funda en Dios y en Él tiene su perfección; el hombre recibe de Dios Creador la inteligencia y libertad que le constituyen libre en la sociedad; pero sobre todo es llamado, como hijo, a la comunión misma con Dios mismo y a la participación de su felicidad, (Gaudium et Spes 21).
Al sabernos hijos de Dios, reconocemos no solo nuestro alto valor como persona, sino además el valor de todos los hombres: “Puesto que en el rostro de cada hombre resplandece algo de la gloria de Dios, la dignidad de todo hombre ante Dios es el fundamento de la dignidad del hombre ante los demás hombres, (Gaudium et Spes 29). Esto nos lleva a “considerar al prójimo como otro yo, cuidando en primer lugar su vida y de los medios necesarios para vivirla dignamente, (Gaudium et Spes 27). La persona humana es fundamento, causa y fin de todas las instituciones sociales, (Mater et Magistra 219, Gaudium et Spes 25) y no puede ser instrumentalizada para fines ajenos a su propio desarrollo.
El ser humano es un ser único, capaz de autocomprenderse, autoposeerse y autodeterminarse. Sin embargo, no son la inteligencia, la conciencia y la libertad las que definen a la persona, sino que es la persona quien está en la base de los actos de inteligencia, de conciencia y de libertad. Estos actos pueden faltar, sin que por ello el hombre deje de ser persona, (Compendio Doctrina Social, 131). Esto implica que todos los seres humanos, independientemente de que tengan disminuidas sus capacidades, gozan del mismo valor y por tanto son sujetos de derechos y de deberes hacia los otros seres humanos. Los ancianos, los pobres, los enfermos, los neonatos, las personas con discapacidades: todos son personas.
A pesar del reconocimiento público que existe en el mundo moderno de la dignidad humana, son frecuentes los actos que la violentan. Respetar la dignidad humana va más allá de garantizar la vida de una persona, implica proveerle todas las condiciones necesarias para su desarrollo social, cultural y espiritual, así como garantizarle su libertad y justicia. En nuestra sociedad existen diferentes manifestaciones en contra de la dignidad de la persona: todo lo que atenta contra la vida, como homicidios, la eutanasia; todo lo que viola la integridad de la persona humana, como la mutilación, las torturas corporales o mentales, los intentos de coacción espiritual; condiciones de vida infrahumana; detenciones arbitrarias, esclavitud, prostitución, trata de blancas, corrupción de menores; condiciones inhumanas de trabajo, en las que los obreros son tratados como instrumentos de ganancia; discriminaciones por razones de sexo, raza, color, condición social, lengua o religión. Todas estas acciones degradan la civilización humana y están en suma contradicción con el honor debido al Creador , (Gaudium et Spes 27, 29).
(Nélida Hernández| Consejo de Acción Social Arquidiocesano)