Crédito para empleados asalariados

Si es empleado asalariado y tiene un ingreso menor a $42 mil podría beneficiarse del Earned Income Credit, un crédito de trabajo para residentes de Puerto Rico que hayan vivido todo el año contributivo en el País, estén entre los 25 y 65 años, y que no sean reclamados como dependientes en otra planilla de contribución sobre ingresos.

El Prof. Luis Lugo Cortijo, contador y catedrático del Departamento de Contabilidad, Finanzas y Derecho Empresarial de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico (PUCPR) Recinto de Ponce, explicó que este crédito no es nuevo. “Existía antes, pero se había eliminado hace aproximadamente como 3 años. Ahora se volvió a incluir. Me atrevería a decir que es un alivio porque reduce el ingreso sujeto a contribución y por ende la contribución a pagar es menor. Ese crédito fluctúa entre $300 como mínimo hasta un máximo de $3,000, dependiendo cada caso.

Sobre quiénes están obligados a radicar la “dolorosa”, precisó que: “Toda persona que se gane más de $5 mil dólares en su carácter individual. Si está casado, y gana más de $7 mil, también tiene que radicar”.

Al pedírsele una sugerencia para que los asalariados reduzcan el pago a la hora de radicar su planilla, sugirió solicitar que el Departamento de Finanzas de su lugar de empleo, le retenga el máximo. “La realidad es que a veces se prefiere disfrutar de un dinero en el presente, sin pensar que el día antes del 15 de abril hay que pagar un dinero con el que no se cuenta. Entonces, hay que recurrir a la prórroga automática. Pagar la mitad y antes del 15 de octubre el dinero restante”, admitió.

De otro lado, el Prof. Lugo Cortijo dijo que la desventaja mayor entre los asalariados y los que trabajan por servicios profesionales es que a los últimos les toca pagar el 15% . “Contrario a los asalariados, que pagan un 8% y el patrono paga el resto. Los que trabajan por su cuenta tiene que pagarlo completo porque ellos son empleados y patrono a la vez.

Además, recordó que los empleados por cuenta propia tienen que llenar la 1040 PR para el pago del Seguro Social y Medicare. “Ese dinero hay que enviarlo a la oficina de Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés), de no hacerlo incurren en penalidades y ellos (IRS) tiene una campaña bien agresiva contra de los evasores”.

Es importante recalcar que debido al estado de emergencia por el Coronavirus, se extendió el período para radicar la planilla hasta el 15 de mayo.■

Camille Rodríguez Báez
Twitter: @CamilleRodz_EV
c.rodriguez@elvisitantepr.com

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